Micelio
Auto26 de enero de 2023

A- de 2023

Ponente Cristina Pardo Schlesinger

Demandante Barrero Berardinelli César José·Demandado --

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Recurso De Suplica Contra Auto Que Rechaza Demanda De Inconstitucionalidad
  • Improcedencia por cuanto el recurso de súplica no presenta argumentos que desvirtúen las razones constitutivas del rechazo de la demanda
Recurso De Suplica Contra Auto Que Rechaza Demanda
  • Demandante debe efectuar razonamiento mínimo para constatar yerro o arbitrariedad
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Recurso de súplica.

La demanda se rechazó porque los accionantes, en el escrito de subsanación, no lograron subsanar los yerros relacionados con los presupuestos de especificidad, suficiencia y pertinencia.

La Sala Plena de la Corporación consideró que le asistió razón al despacho sustanciador cuando advirtió que ninguna de las exigencias establecidas en la inadmisión fue satisfecha en debida forma por los ciudadanos.

Con base en lo anterior se RECHAZA el recurso impetrado en esta oportunidad.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (24 puntos)
  1. PRIMERO. RECHAZAR el recurso de súplica presentado por los ciudadanos César José Barrero Berardinelli, Martín Escobar Hoyos, Daniela Cruz Estrada, Carolina Sesana Moreno y Felipe López Ramírez, dentro del expediente D-14979, contra el auto del veinticuatro (24) de noviembre de dos mil veintidós (2022), emitido por el magistrado sustanciador (e) Hernán Correa Cardozo.
  2. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, COMUNÍQUESE el contenido de esta decisión a los demandantes, advirtiendo que contra ella no procede recurso alguno.
  3. Una vez quede ejecutoriado el presente auto, ARCHIVESE el expediente.
  4. Notifíquese y Cúmplase,
  5. CRISTINA PARDO SCHLESINGER
  6. Presidenta
  7. NATALIA ÁNGEL CABO
  8. Magistrada
  9. JUAN CARLOS CORTÉS GONZÁLEZ
  10. Magistrado
  11. DIANA FAJARDO RIVERA
  12. Magistrada
  13. Ausente con excusa
  14. JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR
  15. Magistrado
  16. ALEJANDRO LINARES CANTILLO
  17. Magistrado
  18. ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO
  19. Magistrado
  20. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
  21. Magistrada
  22. JOSE FERNANDO REYES CUARTAS
  23. Magistrado
  24. MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.